EXCMO.
AYUNTAMIENTO
PLENO
SESIÓN
ORDINARIA
ACTA
n° 11
(1 de octubre de 2020)
Acta
de acuerdos
EN LA CIUDAD DE PAMPLONA, siendo las dieciséis horas y treinta minutos del día UNO DE OCTUBRE de dos mil veinte, se reunieron en la Sala Capitular de la Casa Consistorial los Corporativos y las Corporativas que seguidamente se relacionan, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno de la Corporación Municipal de Pamplona.
PRESIDE el Sr. Alcalde DON ENRIQUE MAYA MIRANDA.
ASISTEN:
DON JOSÉ MARTÍN ABAURREA SAN JUAN
DOÑA MARIA CARMEN ALBA ORDUNA
DOÑA MARIAN ALDAIA GAZTELU
DON ENDIKA ALONSO IRISARRI
DOÑA EVA ARANGUREN ARSUAGA
DON FERNANDO ARANGUREN RETA
DON JOSEBA ASIRON SAEZ
DOÑA MAIDER BELOKI UNZU
DOÑA MARÍA MAR CABALLERO MARTÍNEZ
DON FEDERICO ROMÁN COLMENAR CARRO
DOÑA MARIA ECHAVARRI MIÑANO
DON JUAN JOSÉ ECHEVERRÍA IRIARTE
DOÑA ANA MARÍA ELIZALDE URMENETA
DOÑA Mª TERESA ESPORRÍN LAS HERAS
DON JUAN LUIS GARCIA MARTIN
DOÑA MARIA GARCIA BARBERENA UNZU
DON BORJA IZAGUIRRE LARRAÑAGA
DON JAVIER IGNACIO LABAIRU
ELIZALDE
DON JAVIER LEOZ SANZ
DON PATXI LEUZA GARCIA
DOÑA CRISTINA MARTINEZ DAWE
DON XABIER SAGARDOY ORTEGA
DON FERNANDO SESMA URZAIZ
DOÑA SILVIA ROSA VELASQUEZ
MANRIQUE
DON FERNANDO VILLANUEVA MESA
EXCUSA su
asistencia:
DON FERMÍN JAVIER ALONSO IBARRA
SECRETARIO
General del
Pleno: DON JAVIER HORCADA BAZTÁN.
EL SR. PRESIDENTE abre la sesión.
Sometidas a votación las
actas de acuerdos de 03-IX-2020 (nº 8), 08-IX-2020 (nº 9) y 15-IX-2020 (nº 10),
son aprobadas por unanimidad de 26 votos, adoptándose el siguiente acuerdo:
«SE ACUERDA aprobar las actas de acuerdos de las sesiones plenarias celebradas los días TRES, OCHO Y QUINCE DE SEPTIEMBRE DE 2020 (núms. 8, 9 y 10, respectivamente).»
PLE 01-OCT-20 (2/DI) DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE EL DÍA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS DE EDAD
Se da lectura a una
Declaración Institucional en la que se propone: «El 14 de diciembre de 1990, la
Asamblea General de las Naciones Unidas, en la Resolución 45/106, designa el 1
de octubre como Día Internacional de
las Personas de Edad, con el propósito de dar visibilidad a las personas
mayores como partes activas de la sociedad y para concienciar sobre los problemas
y los retos que plantea el envejecimiento en el mundo actual.
La Agenda 2030 y los Objetivos del Desarrollo Sostenible señalan que el desarrollo solo se puede lograr si incluye a todas las edades. En este sentido, se debe garantizar la igualdad de oportunidades y el empoderamiento de los mayores haciéndoles partícipes de la vida social, económica y política, como personas que puedan desarrollarse activamente en la colectividad, con una protección que cubra sus necesidades asistenciales, económicas y de salud.
El envejecimiento de la población es constante. En España, la esperanza de vida tiene una media de 83,1 años. Las políticas de envejecimiento activo y pacto intergeneracional se hacen imprescindibles y deben constituir uno de los ejes centrales del desarrollo de las políticas públicas.
Pamplona es una ciudad amigable con las personas mayores y este Día Internacional es una buena ocasión para destacar sus importantes aportaciones a la sociedad y para transmitirles todo nuestro apoyo y reconocimiento. Es nuestra obligación mejorar la salud, la participación y la seguridad de las personas mayores, y asegurar que las generaciones futuras tengan el mismo o mayor acceso a los recursos sociales y económicos que la generación actual.
Es importante destacar, igualmente, cómo en 2020 la Covid-19 ha atacado mayoritariamente a las personas de edad, por ser más vulnerables y, tristemente, muchas han perdido la vida. Por todo lo cual, el Pleno acuerda:
1.- Seguir concienciando a la ciudadanía para que tome todas las precauciones con el objetivo de que nuestras familias no se vean afectadas por la pandemia.
2.- Reconocer la contribución, la experiencia y el respeto que merecen las personas mayores.
3.- Luchar contra las conductas discriminatorias en razón de la edad que las personas mayores enfrentan a diario, y que les pueden llevar a la exclusión social, a la marginación y al deterioro de su salud física y mental.
4.- Asegurar las políticas públicas que ayuden a lograr estos fines».
«SE ACUERDA:
1.- Seguir concienciando a la ciudadanía para que tome todas las precauciones con el objetivo de que nuestras familias no se vean afectadas por la pandemia.
2.- Reconocer la contribución, la experiencia y el respeto que merecen las personas mayores.
3.- Luchar contra las conductas discriminatorias en razón de la edad que las personas mayores enfrentan a diario, y que les pueden llevar a la exclusión social, a la marginación y al deterioro de su salud física y mental.
4.- Asegurar las políticas públicas que ayuden a lograr estos fines.»
Se altera el orden en el tratamiento de los asuntos.
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 23-IX-2020.
Se
da lectura a las enmiendas presentadas por EH Bildu y Geroa Bai, en las que se
propone: «Enmienda nº 1.- La propuesta presentada busca ampliar los usos
en las parcelas de uso terciario del Plan parcial de Lezkairu en la medida en
que, según explican los promotores de la iniciativa, esas parcelas no tienen en
este momento "atractivo económico alguno" y que por ello "se ven
impedidos de sacar un rendimiento a sus inversiones".
Estas razones, comprensibles desde la perspectiva del promotor privado, deben tener, necesariamente, una revisión adecuada desde la perspectiva del interés público. Porque en eso se sustancia, fundamentalmente, el urbanismo. De hecho, más allá de poder beneficiar al promotor proponente que pueda tener intención de acometer la construcción de algún proyecto de estas características, lo cierto es que no parece probable que estas 22 parcelas se llenen de residencias de mayores o de estudiantes.
Por esa razón, porque no es aceptable una modificación que solamente trate de resolver situaciones puntuales y específicas de promotores privados como es este caso, creemos de vital importancia incorporar el uso residencial a las posibilidades de actuación en estas parcelas. De esta manera, teniendo en cuenta que ello conllevaría la posibilidad de construcción de viviendas de protección social, nos permitiría incorporar estas previsiones a la política, actualmente inexistente, de vivienda social.
En consecuencia, se propone esta enmienda de sustitución del punto primero del acuerdo para que se incorporen también a esas parcelas señaladas el uso residencial colectivo, de tal manera que el acuerdo que daría de la siguiente manera.
Texto
del acuerdo:
1º.- Aprobar definitivamente la "Modificación del Plan Parcial del Área de Reparto ARS-3, (ARROSADÍA-LEZKAIRU), Parcelas de Uso Terciario", promovido por INTERCENTROS BALLESOL S.A., cuyo objeto es posibilitar los usos de Residencia comunitaria y Asistencial en las parcelas uso terciario y el establecimiento del estándar sobre aparcamientos en el interior de dichas parcelas.
Texto
propuesto por la enmienda:
1º.- Aprobar definitivamente la "Modificación del Plan Parcial del Área de Reparto ARS-3 (ARROSADÍA-LEZKAIRU), Parcelas de Uso Terciario", promovido por INTERCENTROS BALLESOL S.A., ampliando el objeto de esta modificación a los usos de Residencial colectivo, además de los propuestos de Residencia comunitaria y Asistencial en las parcelas uso terciario, así como el establecimiento del estándar sobre aparcamientos en el interior de dichas parcelas».
Enmienda nº 2.- Durante los años 2013 y 2014 se tramitó por la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento concesión de licencia y Estudio de Detalle para la implantación de una gasolinera en la parcela L-31.4 justo enfrente de la plaza central del barrio de Lezkairu, allí donde está prevista la construcción del Civivox. Un desatino propio del urbanismo de los años 70 del siglo pasado.
Recientemente, por acuerdo de la Junta de Gobierno se subastó y adjudicó la parcela contigua, la L-31.1, a la misma empresa que instaló la gasolinera y con el objetivo conocido del gobierno municipal de ampliar las instalaciones de la gasolinera, ahora con una de lavado de vehículos. Es decir, aumentar el impacto negativo de una actividad de este tipo en plena plaza central del barrio y justo enfrente del nuevo centro de salud. El desatino elevado al cubo.
Lo que está en juego es el futuro del barrio en su zona más noble y más delicada urbanísticamente hablando. Una malísima solución que no tendrá marcha atrás y que ahora estamos a tiempo de resolver bien.
En consecuencia, se propone esta enmienda de adición como punto cuarto del acuerdo para que se establezca con carácter general para todas estas parcelas la prohibición de los usos de gasolinera o instalaciones aledañas.
Texto del acuerdo:
4.- Queda prohibido en estas parcelas objeto de la modificación la implantación de gasolineras o instalaciones complementarias a estas».
Sometida a votación la
enmienda nº 1 de EH Bildu y Geroa Bai, es rechazada por 9 votos a favor (EH
Bildu y Geroa Bai) y 12 votos en contra (Navarra Suma) y 5 abstenciones (PSN).
Sometida a votación la
enmienda nº 2 de EH Bildu y Geroa Bai, es rechazada por 9 votos a favor (EH
Bildu y Geroa Bai) y 17 votos en contra (Navarra Suma y PSN).
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por 17 votos a favor (Navarra Suma y
PSN) y 9 votos en contra (EH Bildu y Geroa Bai), adoptándose el siguiente acuerdo:
«TRANSCURRIDO el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial (JOB de 25-05-2020 6/US) del documento de modificación del Plan Parcial del área de reparto ARS-3 en parcelas de uso terciario, sin que se hayan producido alegaciones al respecto; VISTO el informe de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona de fecha 25 de agosto de 2020 y el informe del Servicio de Impacto Ambiental de fecha 28 de agosto de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Aprobar definitivamente la "Modificación del Plan Parcial del Área de Reparto ARS-3 (ARROSADÍA-LEZKAIRU), Parcelas de Uso Terciario", promovido por INTERCENTROS BALLESOL S.A., cuyo objeto es posibilitar los usos de Residencia comunitaria y Asistencial en las parcelas uso terciario y el establecimiento del estándar sobre aparcamientos en el interior de dichas parcelas.
2º.- Dar traslado del presente acuerdo junto con una copia del documento al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos de Gobierno de Navarra.
3º.- Notificar el presente acuerdo a D. Francisco Manuel Zuasti Elizondo en representación de INTERCENTROS BALLESOL S.A.»
PLE 01-OCT-20 (3/CP) REGULACIÓN DE TRIBUTOS Y PRECIOS PÚBLICOS
QUE REGIRÁN A PARTIR DE 1 DE ENERO DE 2021. - APROBACIÓN INICIAL DE
MODIFICACIONES
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Presidencia de fecha 29-IX-2020.
Se da lectura a las
enmiendas presentada por EH Bildu, PSN y Geroa Bai, en las que se propone: «Enmienda
nº 1.- ELIMINAR A CIERTOS COLECTIVOS LA POSIBILIDAD DE USO DE LOCALES DEPORTIVOS Y ESCOLARES MUNICIPALES.
Enmienda a la norma 2. Precios públicos por
utilización de instalaciones deportivas y de locales e instalaciones escolares
municipales.
Enmienda de sustitución: Volver a la
redacción de la ordenanza vigente del artículo 2.1.
Justificación: Mantener la pluralidad en la
posibilidad de utilizar estas instalaciones municipales para actividades socio
comunitarias, políticas y religiosas como ha sido hasta ahora, ya que para
muchos de estos locales son la única opción de reunión.
Enmienda nº 2.- Enmienda a la Norma 2. Precios públicos por utilización de instalaciones deportivas y de locales e instalaciones escolares municipales.
Enmienda de sustitución: cambiar el texto "Los usos no previstos podrán autorizarse de manera excepcional y justificada cuando la actividad a desarrollar se considere de interés municipal" por el siguiente texto: "Los usos no previstos podrán autorizarse de manera excepcional y justificada, oída la Comisión de Asuntos Ciudadanos, cuando la actividad a desarrollar se considere de interés municipal".
Justificación: que las decisiones sobre el uso excepcional de los locales escolares y deportivos municipales obtengan el mayor consenso posible y no sean una decisión exclusiva del Equipo de gobierno para evitar posibles quejas o recursos en el futuro».
Se da lectura a la enmienda
presentada por EH Bildu, en la que se propone: «SUPRESIÓN DE LA TASA DE
TERRAZAS. Enmienda a la ordenanza 21. Tasas utilización privativa o
aprovechamiento especial del suelo, vuelo o subsuelo del dominio público local.
Enmienda de sustitución: volver a la redacción de la ordenanza vigente, manteniendo dicha tasa para el 2021.
Justificación: mantener estos ingresos y revertir lo recaudado en la economía local de una manera más equitativa, dirigido a ayudar a locales hosteleros y negocios en general que estén en riesgo de cierre».
Se da lectura a las
enmiendas presentada por PSN, en las que se propone: «Enmienda nº 1.-
ENMIENDA DE ADICIÓN A LA ORDENANZA 21.- Añadir a la Disposición Transitoria un
nuevo punto: Igualmente, y dada la afección en todo el sector de hostelería que
la crisis sanitaria covid19 está ocasionando, se estudiará la herramienta
necesaria para que los establecimientos que no dispongan de terraza se vean
beneficiados de una manera similar a los que sí la tienen.
Explicación: Los establecimientos de hostelería que no disponen de terraza están afectados en igual o mayor medida por las restricciones ocasionadas por la pandemia, por lo tanto, nos parece discriminatorio que con la medida propuesta por el Equipo de gobierno sólo se beneficien los establecimientos con terraza, que generalmente ya poseen otras ventajas, con respecto a los que no la tienen.
Enmienda nº 2.- ENMIENDA DE SUPRESIÓN NORMA 2 al nuevo texto propuesto "Añadir un apartado 4 al artículo 3”.
Explicación: Consideramos que puede resultar exigir demasiada antelación presentar la solicitud de una actividad de utilización en instalaciones deportivas y/o locales escolares municipales al menos siete días antes de antelación sobre la fecha de inicio de las vacaciones escolares. En ocasiones la organización de actos puede surgir con posterioridad.
Igualmente, no compartimos que las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto inicialmente sean automáticamente denegadas».
Sometida a votación la
enmienda nº 1 de EH Bildu, PSN y Geroa Bai, es aprobada por 14 votos a
favor (EH Bildu, PSN y Geroa Bai) y 12 votos en contra (Navarra Suma).
Sometida a votación la
enmienda nº 2 de EH Bildu, PSN y Geroa Bai, es aprobada por 14 votos a
favor (EH Bildu, PSN y Geroa Bai) y 12 votos en contra (Navarra Suma).
Sometida a votación la
enmienda de EH Bildu, es rechazada por 7 votos a favor (EH Bildu) y 19
votos en contra (Navarra Suma, PSN y Geroa Bai).
Sometida a votación la
enmienda nº 1 de PSN, es aprobada por unanimidad de 26 votos.
Sometida a votación la
enmienda nº 2 de PSN, es aprobada por 14 votos a favor (EH Bildu, PSN y
Geroa Bai) y 12 votos en contra (Navarra Suma).
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por 19 votos a favor (Navarra Suma,
PSN y Geroa Bai) y 7 abstenciones (EH Bildu), adoptándose el siguiente acuerdo:
«VISTA documentación obrante en el expediente y el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de fecha 22 de septiembre de 2020, por el que se aprueba el Proyecto de Modificación de las Ordenanzas Fiscales y Normas reguladoras de Precios Públicos para el ejercicio 2021, y de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 2/95, de las Haciendas Locales de Navarra, y en la Ley Foral 6/90, de Administración Local de Navarra, SE ACUERDA:
1.- Aprobar inicialmente las modificaciones sobre los textos y/o tarifas vigentes de las Ordenanzas Fiscales y Anexos de Tarifas que regulan la exacción de tributos que se relacionan:
Ordenanza 1 |
Contribución territorial |
Ordenanza 2 |
Impuesto sobre actividades económicas |
Ordenanza 8 |
Expedición y tramitación de documentos y otros soportes |
Ordenanza 21 |
Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local |
Ordenanza 23 |
Estacionamiento de vehículos de tracción mecánica dentro de las zonas de estacionamiento limitado y restringido |
2.- Aprobar inicialmente las modificaciones sobre los textos y/o tarifas vigentes de Normas y Anexos de Tarifas que regulan los precios públicos por prestación de servicios o realización de actividades municipales que se relacionan:
Norma 1 |
Utilización de Locales y espacios municipales |
Norma 2 |
Utilización de instalaciones deportivas y de locales e instalaciones escolares municipales |
Norma 7 |
Inscripción y participación en los cursos impartidos en la escuela especial municipal de música "Joaquín Maya" |
3.- Aprobar expresamente el establecimiento de precios públicos
inferiores al coste en todas aquellas Normas que se detallan en documento que
consta en el expediente y que recoge su justificación.
4.- Informar que no experimentan modificaciones y por tanto continúan vigentes las Ordenanzas Fiscales y Anexos de tarifas que regulan la exacción de tributos siguientes:
Ordenanza 0 |
Ordenanza fiscal de gestión, recaudación e inspección |
Ordenanza 3 |
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras |
Ordenanza 4 |
Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana |
Ordenanza 5 |
Impuesto sobre gastos suntuarios: Juego del bingo |
Ordenanza 6 |
Impuesto sobre viviendas desocupadas |
Ordenanza 7 |
Impuesto de vehículos de tracción mecánica |
Ordenanza 9 |
Prestación de servicios de vigilancia especial |
Ordenanza 10 |
Otorgamiento de licencias y realización de actividades administrativas de control en materia urbanística |
Ordenanza 11 |
Otorgamiento de autorizaciones y realización de actividades administrativas de control en materia de protección ambiental y actividades inocuas |
Ordenanza 12 |
Inspecciones e intervenciones de reconocimiento y control previstas en acuerdos municipales, ordenanzas y otras normas |
Ordenanza 13 |
Retirada de vehículos de la vía pública y subsiguiente custodia de los mismos y por inmovilización de vehículos en la vía pública |
Ordenanza 14 |
Órdenes de ejecución, ejecuciones subsidiarias y auxilios a particulares |
Ordenanza 15 |
Prestación de servicios del cementerio municipal "San José" |
Ordenanza 16 |
Prestación de servicios del centro de atención a animales de Pamplona y por otorgamiento de licencias para tenencia de animales potencialmente peligrosos. |
Ordenanza 17 |
Realización de ensayos químicos y microbiológicos de alimentos y muestras ambientales |
Ordenanza 18 |
Celebración de matrimonios civiles |
Ordenanza 19 |
Apertura de zanjas, calicatas y calas en terreno de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública |
Ordenanza 20 |
Entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase |
Ordenanza 22 |
Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios de suministros |
Ordenanza 24 |
Contribuciones especiales |
5.- Informar que no experimentan modificaciones y por tanto continúan vigentes las Normas y Anexos de Tarifas que regulan los precios públicos por prestación de servicios o realización de actividades municipales siguientes:
Norma 3 |
Servicios municipales para las personas mayores y del servicio de Comedor Social |
Norma 4 |
Servicio de alojamiento de emergencia en apartamentos municipales |
Norma 5 |
Servicio de atención a domicilio |
Norma 6 |
Matrícula en los cursos impartidos en la escuela municipal de artes y oficios "Catalina de Oscáriz" |
Norma 8 |
Servicio educativo-asistencial en las escuelas infantiles municipales |
Norma 9 |
Entrada, inscripción o matrícula en cursos o actividades de carácter educativo, cultural, deportivo, social o de promoción a la salud organizados por el Ayuntamiento o sus Organismos Autónomos |
Norma 10 |
Servicios del parque de desinfección, de la casa de baños, veterinarios y del centro de atención de animales |
Norma 11 |
Venta en el cementerio municipal "San José" de urnas cinerarias y conjunto porta-urna y lápida de columbario cinerario |
Norma 12 |
Asistencia particular mediante el servicio municipal de grúa |
Norma 13 |
Servicio de consigna de equipajes en las fiestas de San Fermín |
Norma 14 |
Estacionamiento y pernocta de autocaravanas y vehículos viviendas en la zona de servicios para autocaravanas de Pamplona |
Norma 15 |
Uso de plaza de aparcamiento para residentes en parking público de bicicletas del Servicio Nbici-Biziz |
6.- Las reclamaciones o alegaciones que durante el periodo de exposición pública se presenten a las modificaciones de ordenanzas fiscales y normas de precios públicos concretas implicarán la necesidad de su aprobación definitiva por el pleno, pero no afectarán a la tramitación del resto del expediente, que se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso.
7.- Las modificaciones a las Ordenanzas Fiscales y Normas reguladoras de Precios Públicos, aprobadas inicialmente, cumplidos los trámites reglamentarios, entrarán en vigor el 1 de enero de 2021, previa publicación en el Boletín Oficial de Navarra.»
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 09-IX-2020.
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por unanimidad de 26 votos,
adoptándose el siguiente acuerdo:
«VISTO el recurso de alzada presentado por Josep Oriol Sabater Munells en representación de BUILDINGCENTER, S.A.U y de conformidad con el informe de la Directora de la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo de fecha 3 de septiembre de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Desestimar el recurso de alzada presentado por cuanto que el acuerdo aprobado por el Consejo de Gerencia no contiene los elementos que el recurrente pretende modificar y por ser conforme a Derecho la petición de cuotas realizadas ya que:
- Revisados nuestros archivos, no ha sido notificada a Gerencia de Urbanismo la escritura de aportación de capital de Buildingcenter S.A.U. a Coral Homes S.L. por lo que, de acuerdo con el artículo 37.4 de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, la petición de pago a Buildingcenter S.A.U. fue correcta.
- Tampoco procede corregir el porcentaje de propiedad de Buildingcenter S.A.U. de la parcela 3.A por cuanto que consta en los archivos de Gerencia de Urbanismo escritura notarial de 4 de noviembre de 2004, número de protocolo 1692.04 del notario Don José Miguel Gómez Sánchez, por la que las sociedades de las que trae causa la titularidad de Buildingcenter S.A.U. compraron a los Sres. Lasa Equiza y Saracibar Rázquin la parcela aportada que dio lugar al 10, 05% cuestionado de la parcela 3.A. Otra trasmisión posterior de dicha parcela de origen también consta en la escritura de 15 de diciembre de 2008 en número de protocolo 3.064 del notario D. Ernesto José Rodrigo Catalán, citada por el recurrente en el punto 1 de su alegación segunda.
2º.- Notificar a D. Josep Oriol Sabater Munells en representación de Buildingcenter, S.A.U con copia del informe de la Directora del Servicio Jurídico de la Gerencia de Urbanismo de fecha 3 de septiembre de 2020.»
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 16-IX-2020.
«VISTA la Sentencia nº 64/20 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de fecha 30 de marzo de 2020 y de conformidad con el informe de la Directora de la Asesoría Jurídica de fecha 11 de septiembre de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Quedar enterados de la Sentencia nº 64/20 del Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de fecha 30 de marzo de 2020 por la que se estima el recurso ordinario 247/2017 interpuesto por LKS Ingeniería S.Coop. en relación con la reclamación de honorarios de asistencia técnica de dirección de obra de la Separata 5ª Fase de Lezkairu.
2º.- Ejecutar la Sentencia nº 64/20 del Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de fecha 30 de marzo de 2020.»
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 16-IX-2020.
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por unanimidad de 26 votos,
adoptándose el siguiente acuerdo:
«VISTO el expediente administrativo instruido por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona, y de conformidad con los informes técnico y jurídico de 10 de septiembre de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Incoar expediente para la declaración de nulidad de pleno derecho del acto presunto que reconoce el pago de honorarios adicionales por el contrato de asistencia técnica de proyecto y dirección de la fase 5ª de la ARS-3 que tiene un importe de 242.958,27 euros más un IVA de 55.975,03 euros.
2º.- Con carácter previo a la solicitud de dictamen al Consejo de Navarra, conferir el plazo de alegaciones de 15 días a la Sociedad Cooperativa, LKS Ingeniería a la propuesta de nulidad de pleno derecho del reconocimiento del pago honorarios adicionales por el contrato de asistencia técnica de proyecto y dirección de la fase 5ª de la ARS-3 por un importe de 242.958,27 euros más un IVA de 55.975,03 euros al efecto de que presente las alegaciones, pruebas y cualquier documento que estime oportuno en defensa de sus derechos.
3º.- Notificar el presente acuerdo a LKS Ingeniería S. Coop.»
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 23-IX-2020.
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por unanimidad de 26 votos,
adoptándose el siguiente acuerdo:
«VISTO el documento de "Modificación Puntual pormenorizada de la Z-6 de la U.I. V del Plan Municipal (Colonia San Miguel-Parcela 199 Polígono 6)" presentado con fecha 30 de julio de 2020 por NAVARRA DE SUELO Y VIVIENDA S.A. y el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 14 de septiembre de 2020 (5/US) por el que se aprueba el Proyecto de la citada Modificación, y de conformidad con el informe del Arquitecto de la Gerencia de Urbanismo de fecha 11 de agosto de 2020, el informe de la Letrada de la Gerencia de Urbanismo de fecha 21 de agosto de 2020 y el informe del Secretario Municipal de fecha 15 de septiembre de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Aprobar inicialmente el documento de "Modificación Puntual pormenorizada de la Z-6 de la U.I. V del Plan Municipal (Colonia San Miguel-Parcela 199 Polígono 6)" promovido por NAVARRA DE SUELO Y VIVIENDA S.A., cuyo objeto es modificar el uso del espacio existente entre los bloques lineales que albergan los portales números 18A, 18B, 18C, 20A, 20B y 20C de la Avenida Villava (parcela 199 del polígono 6) cambiando de espacio público, a espacio libre privado, de cara a preparar las condiciones para una futura solución de accesibilidad de los portales de las viviendas ubicadas en dichos portales.
2º.- Someter a información pública el expediente durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el B.O. de Navarra y publicar anuncios en el Tablón y en los diarios editados en la Comunidad Foral de Navarra.
3º.- Notificar el presente acuerdo a NAVARRA DE SUELO Y VIVIENDA S.A.»
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 30-IX-2020.
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por unanimidad de 26 votos,
adoptándose el siguiente acuerdo:
«HABIENDO sido interpuesto recurso contencioso-administrativo (procedimiento ordinario) número 247/20 ante la Sala de lo Contencioso Administrativo por JESÚS NOGUERAS CARNICERO, contra Acuerdo del Pleno de 5-MAR-20 (8/CV) sobre desestimación de alegaciones planteadas en recurso de reposición contra Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5-FEB-19 (5/CV) y sobre aprobación definitiva del Plan Especial para la eliminación de barreras arquitectónicas en Chapitela 8-10, y ratificando resolución de Alcaldía adoptada por razones de urgencia en la fecha 18 de septiembre de 2020 (1/US), SE ACUERDA:
1.- Emplazar a las personas interesadas en el expediente administrativo para que puedan comparecer ante la Sala de lo Contencioso Administrativo en la Plaza Juez Elío como codemandados y personarse en los autos de dicho recurso en el plazo de nueve días.
2.- Remitir seguidamente al órgano competente de la jurisdicción Contencioso-Administrativa el expediente administrativo de la resolución impugnada y notificaciones a las personas interesadas, en su caso.
3.- Que el Ayuntamiento comparezca en el referido recurso contencioso-administrativo (procedimiento ordinario), designando al efecto como Letrado a D. ANTONIO ARMENDÁRIZ GARCÍA y Procurador a D. JAVIER ARAIZ RODRÍGUEZ.»
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 30-IX-2020.
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por unanimidad de 26 votos, adoptándose
el siguiente acuerdo:
«RECIBIDO escrito y documentación relativos a recurso de alzada número 20-0469, interpuesto por MARIA ROSARIO SAN MARTÍN MAQUIRRIAIN ante el Tribunal Administrativo de Navarra, contra acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6-FEB-20 (9/CU), sobre titularidad de inmuebles expropiados y valores de los bienes reflejados en las actas previas de ocupación, SE ACUERDA:
1.- Remitir al referido Tribunal copia del expediente municipal sobre la materia de dicho recurso, con las notificaciones de emplazamiento a que se alude en el punto tercero de esta resolución.
2.- Aprobar el informe municipal o alegaciones sobre el recurso interpuesto, para su remisión con la documentación anteriormente citada.
3.- Notificar a las personas que aparezcan como interesadas en el expediente la presente resolución, emplazándoles para que puedan comparecer ante el Tribunal Administrativo de Navarra sito en calle Iturrama 10 (entrada por Esquiroz) en el plazo de DIEZ días hábiles.»
PLE 01-OCT-20 (11/CU) MODIFICACIÓN PLAN ESPECIAL CARRETERA SARRIGUREN 1 A 10. APROBACIÓN DEFINITIVA
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 30-IX-2020.
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por unanimidad de 26 votos.,
adoptándose el siguiente acuerdo:
«TRASCURRIDO el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial (JOB 22-JUN-2020 (2/US) del documento de Modificación del Plan Especial C/ Carretera Sarriguren, 1 a 10; VISTO el informe de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona de fecha 16 de julio de 2020; VISTO el Texto Refundido presentado a trámite por D. Iñaki Archanco en representación Copropietarios C/ Sarriguren 1 a 10 con fecha 9 de septiembre de 2020 y de conformidad con el informe del Arquitecto de la Gerencia de Urbanismo de fecha 22 de septiembre de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Aprobar definitivamente la Modificación del Plan Especial en Carretera de Sarriguren 1 a 10 promovida por Copropietarios Carretera Sarriguren 1 a 10, presentada a trámite con fecha 9 de septiembre de 2020, cuyo objeto es resolver la accesibilidad sin barreras arquitectónicas, en concreto la de los portales 9 y 10, lo que supone una mayor ocupación del espacio público y una mayor afección a la urbanización que el Plan Especial aprobado con fecha 5 de septiembre de 2019.
2º.- Dar traslado del presente acuerdo y de un ejemplar del Documento aprobado al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra y publíquese en el B.O. de Navarra y Tablón de Anuncios municipal.
3º.- Notificar el presente acuerdo a D. Iñaki Archanco en representación de Copropietarios Carretera Sarriguren 1 a 10.»
Se da lectura al dictamen de
la Comisión de Urbanismo de fecha 30-IX-2020.
Se da lectura a la enmienda
presentada por EH Bildu y Geroa Bai, en la que se propone: «Como consecuencia
del fracaso en la puesta en marcha del PSIS de la Meseta de Cordovilla que ha
sufrido el embate de varias sentencias hasta dejarlo en dique seco; de la
indefinición en la que actualmente se encuentra el deseo de la Cendea de Galar de
disponer de una nueva ordenación urbanística para este ámbito compartido
alternativa a la prevista en aquel PSIS, y de que la parte correspondiente a
Pamplona está ya urbanizada, existe la conveniencia de finalizar el proceso de
ocupación de esta zona mediante las actividades que se vean más adecuadas en este
momento.
Queremos remarcar esta última cuestión, porque lo que encontramos ahora como propuesta actual es la creación de un polígono comercial y de oficinas de 31.000 m2. Es decir, nos encontramos en el momento idóneo para tomar la decisión de seguir apostando por una propuesta liderada por una gran superficie comercial o cambiar sustancialmente la misma para incorporar usos de vivienda que se complementarían con otros como oficinas, residencias de mayores o de estudiantes o comercial de baja intensidad. Tal y como se refleja en el informe del Director de Planeamiento Urbanístico, refiriéndose a la parcela más grande de este ámbito, "en esta, por sus características, va a tener que implantarse necesariamente una gran superficie comercial".
Teniendo en cuenta la ubicación de este polígono comercial al sur de barrios como La Milagrosa-Arrosadía o Azpilagaña, podemos intuir el enorme golpe que eso va a suponer para el futuro del comercio local de la zona. Y, sin embargo, esto depende actualmente de la voluntad política expresada en este acuerdo.
Es tan sencillo como sustituir la parte más importante de la oferta comercial, la gran superficie comercial, por uso residencial colectivo, en una zona que va a dar continuidad en el futuro al crecimiento de la Cendea de Galar y que comparte ese mismo uso con la zona al otro lado de la avenida de Zaragoza. De tal manera que en ese ámbito convivirían el uso residencial colectivo, el comercial y el de oficinas, compatible con otros usos como el residencial eventual o el comunitario.
En consecuencia, se propone esta enmienda de adición al punto de acuerdo de tal modo que a los usos comercial y de oficinas se sume el de residencial colectivo como usos globales de este ámbito.
Texto
actual:
«VISTA la sentencia de apelación 468/2017, de 8 de noviembre de 2017 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra de lo Contencioso-Administrativo, que declaró la nulidad del "Plan Parcial de 18-2-2011 del Sector 2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa), área reparto ARS4" y del Proyecto de Reparcelación del citado ámbito, el informe de la Letrada de la Gerencia de Urbanismo de fecha 19 de noviembre de 2019 y el Proyecto de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4 y de conformidad con el informe de la Directora de la Asesoría Jurídica de fecha 18 de septiembre de 2020, el acuerdo de Junta de Gobierno por el que se aprueba el Proyecto de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4 y el Informe del Secretario de fecha 25 de septiembre de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Aprobación inicial el documento de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4, cuyo objeto es regularizar la ordenación del ámbito e incluir el nuevo uso global Oficinas.
2º.- Remitir a la Dirección de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local copia del expediente y del documento a efecto de la tramitación de la Evaluación Ambiental Estratégica simplificada.
3º.- Solicitar informe a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y a la Confederación Hidrográfica del Ebro.
4º.- Someter a información pública el expediente durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el B.O. de Navarra y publicar anuncios en el Tablón y en los diarios editados en la Comunidad Foral de Navarra».
Texto
propuesto:
«VISTA la sentencia de apelación 468/2017, de 8 de noviembre de 2017 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra de lo Contencioso-Administrativo, que declaró la nulidad del "Plan Parcial de 18-2-2011 del Sector 2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa), área reparto ARS4" y del Proyecto de Reparcelación del citado ámbito, el informe de la Letrada de la Gerencia de Urbanismo de fecha 19 de noviembre de 2019 y el Proyecto de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4 y de conformidad con el informe de la Directora de la Asesoría Jurídica de fecha 18 de septiembre de 2020, el acuerdo de Junta de Gobierno por el que se aprueba el Proyecto de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4, el Informe del Secretario de fecha 25 de septiembre de 2020 y el contenido de la enmienda presentada, SE ACUERDA:
1º.- Aprobación inicial el documento de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4, cuyo objeto es regularizar la ordenación del ámbito e incluir los nuevos usos globales de Residencial colectivo y Oficinas.
2º.- Remitir a la Dirección de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local copia del expediente y del documento a efecto de la tramitación de la Evaluación Ambiental Estratégica simplificada.
3º.- Solicitar informe a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y a la Confederación Hidrográfica del Ebro.
4º.- Someter a información pública el expediente durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el B.O. de Navarra y publicar anuncios en el Tablón y en los diarios editados en la Comunidad Foral de Navarra».
Sometida a votación la
enmienda de EH Bildu y Geroa Bai, es rechazada por 9 votos a favor (EH
Bildu y Geroa Bai) y 17 votos en contra (Navarra Suma y PSN).
Sometido a votación el
dictamen de la Comisión, es aprobado por 17 votos a favor (Navarra Suma y
PSN) y 9 votos en contra (EH Bildu y Geroa Bai), adoptándose el siguiente acuerdo:
«VISTA la sentencia de apelación 468/2017, de 8 de noviembre de 2017 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra de lo Contencioso-administrativo, que declaró la nulidad del “Plan Parcial de 18-2-2011 del Sector 2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa), área reparto ARS4” y del Proyecto de Reparcelación del citado ámbito, el informe de la Letrada de la Gerencia de Urbanismo de fecha 19 de noviembre de 2019 y el Proyecto de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4 y de conformidad con el informe de la Directora de la Asesoría Jurídica de fecha 18 de septiembre de 2020, el acuerdo de Junta de Gobierno por el que se aprueba el Proyecto de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4 y el Informe del Secretario de fecha 25 de septiembre de 2020, SE ACUERDA:
1º.- Aprobación inicial el documento de Modificación Estructurante del Plan Municipal en el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa) ARS-4, cuyo objeto es regularizar la ordenación del ámbito e incluir el nuevo uso global Oficinas.
2º.- Remitir a la Dirección de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local copia del expediente y del documento a efecto de la tramitación de la Evaluación Ambiental Estratégica simplificada.
3º.- Solicitar informe a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y a la Confederación Hidrográfica del Ebro.
4º.- Someter a información pública el expediente durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el B.O. de Navarra y publicar anuncios en el Tablón y en los diarios editados en la Comunidad Foral de Navarra.»
Se da lectura a una
propuesta de declaración presentada por Navarra Suma, en la que se propone:
«Con fecha 12 de septiembre de 2020 ha sido dictado, entre otros, un auto
judicial por el que se acuerda continuar con la tramitación de las diligencias
previas para depurar responsabilidades penales en que hubiera podido incurrir
el Sr. Abaurrea por los hechos acaecidos en el chupinazo del 6 de julio de
2019.
Los hechos que protagonizaron distintos concejales de Bildu y Geroa Bai el día del Chupinazo en el Ayuntamiento de Pamplona son de una gravedad máxima. Saltándose la legalidad intentaron sacar la ikurriña en el balcón de la fachada de la Casa Consistorial, a patadas, gritos y mordiscos contra otros concejales y contra la Policía Municipal.
El auto dictado no hace sino confirmar la violencia con la que actuaron los concejales nacionalistas y, en concreto, el Sr. Abaurrea.
Por todo ello, el grupo municipal de Navarra Suma presenta para su aprobación la siguiente propuesta de declaración:
El Ayuntamiento de Pamplona acuerda:
1.- Instar al concejal Sr. Abaurrea a presentar su dimisión como concejal de este Ayuntamiento.
2.- Reprobar al Sr. Abaurrea por su actitud violenta contra funcionarios y concejales de este Ayuntamiento.
3.- Poner todos los medios jurídicos disponibles en defensa de los trabajadores municipales agredidos en el cumplimiento de su función.
4.- Agradecer y felicitar a la Policía Municipal por su impecable trabajo impidiendo que se quebrante la Ley desde el propio Ayuntamiento y velando por la seguridad de los ciudadanos y miembros de la Corporación increpados».
Se da lectura a la enmienda
de sustitución presentada por PSN, en la que se propone: «1.- Denunciar y
rechazar al intento de algunos concejales y concejalas de colocar en el balcón
del Ayuntamiento una ikurriña por la fuerza el pasado 6 de julio de 2019.
2.- Felicitar a la Policía Municipal por su trabajo impidiendo que se quebrantara la ley durante el incidente.
3.- Mostrar el respeto a las actuaciones judiciales que se están llevando a cabo a raíz del incidente».
La enmienda de sustitución presentada por PSN no se somete a votación al no ser admitida por el Grupo proponente de la declaración.
Sometida a votación la
propuesta de declaración de Navarra Suma, es rechazada por 12 votos a favor
(Navarra Suma) y 14 votos en contra (EH Bildu, PSN y Geroa Bai).
PLE 01-OCT-20 (14/PD) PROPUESTA DE DECLARACIÓN DE EH BILDU PARA QUE SE INVESTIGUE SIN TRABAS EL CASO KITCHEN, CONSIDERADA LA TRAMA DE CORRUPCIÓN MÁS GRAVE DE LAS ÚLTIMAS DÉCADAS
Se da lectura a una
propuesta de declaración presentada por EH Bildu, en la que se propone: «La
operación Kitchen se considera a estas alturas como uno de los casos posibles
de corrupción más graves desde la Transición. Todavía más grave que la propia
Gürtel, que ya es decir. Lo que se investiga es la trama del espionaje ilegal
al extesorero del PP, Luis Bárcenas, realizada con los servicios del
excomisario José Villarejo y con la colaboración del exchófer de Bárcenas con
el fin de recuperar documentos comprometedores para el PP.
La investigación se centra en dirimir si existió un operativo “parapolicial” supervisado y financiado con fondos reservados por el Ministerio del Interior entre 2013 y 2014 para recuperar documentos y grabaciones que Bárcenas se habría llevado y que eran comprometedoras para el PP, que se encontraba en plenas investigaciones judiciales por su contabilidad.
Es decir, que se habrían utilizado medios del poder ejecutivo para condicionar y ocultar pruebas a la acción de la justicia en beneficio del PP. Una adulteración del sistema de separación de poderes y un uso delictivo de los recursos del Estado gravísimos. En esta trama que se investiga aparecen como posibles responsables personajes políticos con muy altas responsabilidades de los gobiernos del PP, incluso la del propio Mariano Rajoy.
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Pamplona-Iruña ACUERDA:
1.- Urgir al PP y a los partidos que le apoyan en distintas instituciones a eliminar cualquier obstáculo y respaldar cuantas iniciativas se desarrollen para esclarecer esta trama y depurar las responsabilidades pertinentes.
2.- Denunciar una vez más la más que probada actividad de corrupción para financiación ilegal del PP que, de probarse al completo la trama Kitchen, supondría el mayor fraude político-electoral desde la Transición».
Se da lectura a la enmienda
presentada por Navarra Suma, en la que se propone: «Supresión del punto 2».
La
enmienda presentada por Navarra Suma no se somete a votación al no ser admitida
por el Grupo proponente de la declaración.
Sometida a votación la
propuesta de declaración de EH Bildu, es aprobada por 14 votos a favor (EH
Bildu, PSN y Geroa Bai), 1 voto en contra (señora Alba (Navarra Suma)) y 11 abstenciones
(Navarra Suma), adoptándose el siguiente acuerdo:
«SE ACUERDA:
1.- Urgir al PP y a los partidos que le apoyan en distintas instituciones a eliminar cualquier obstáculo y respaldar cuantas iniciativas se desarrollen para esclarecer esta trama y depurar las responsabilidades pertinentes.
2.- Denunciar una vez más la más que probada actividad de corrupción para financiación ilegal del PP que, de probarse al completo la trama Kitchen, supondría el mayor fraude político-electoral desde la Transición.»
Se da lectura a una
propuesta de declaración presentada por PSN, en la que se propone: «El pasado
jueves 17 de septiembre, durante el transcurso de una tertulia periodística de
ámbito municipal, el Concejal de Urbanismo, Juanjo Echeverría, realizó varias
afirmaciones entorno al futuro del Monumento a los Caídos y su entorno urbano.
Así, Echeverría afirmó que las acciones futuras no se iban a llevar a cabo en el ámbito de la Memoria. Esta afirmación choca frontalmente contra los principios políticos del proceso que se puso en marcha en la pasada legislatura, con el respaldo de una amplia mayoría municipal. Precisamente, dicho proceso se basa en la necesidad de buscar una solución funcional y urbana al futuro del Monumento a los Caídos que, en primer lugar, sea acorde a los fundamentos éticos y legales de la Memoria.
El responsable de Urbanismo afirmó, igualmente, que el Ayuntamiento era libre para hacer lo que quiera con el monumento, avanzando incluso cuáles serían alguno de sus contenidos, llegando a referirse a la futura existencia de una sala de exposiciones y un espacio multiusos. Paradójicamente y, a pesar de ello, el concejal Echeverría apuntaba que existiría un proceso de participación que, en cualquier caso, a diferencia del proceso desarrollado hasta la fecha, estaría únicamente circunscrito al barrio, sin concretar qué parte de la población pamplonesa quedaría excluida de poder participar en la decisión sobre el futuro de este emblemático edificio y espacio urbano.
Todas estas afirmaciones del concejal, hechas sin conocimiento previo alguno por parte de la mayoría municipal, nos preocupan por su contenido, su carácter unilateral, y por lo que suponen de falta de respeto a los principios de Memoria Histórica, que deben fundamentar las acciones futuras a desarrollar en el monumento y su entorno.
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Pamplona acuerda:
1.- Rechazar las declaraciones efectuadas por el Concejal de Urbanismo, Juanjo Echeverría, en relación al futuro del Monumento a los Caídos y su entorno urbano.
2.- Solicitar que, de manera inmediata y previamente a cualquier otra manifestación pública, el Equipo de Gobierno informe en la Comisión de Urbanismo sobre cualquier acción prevista a futuro sobre dicho monumento.
3.- Exigir que cualquier acción futura a desarrollar en torno al Monumento a los Caídos se haga en clave de ciudad, de manera consensuada, con el apoyo de la mayoría municipal, y siempre con arreglo a los principios legales de Memoria Histórica».
Sometida a votación la
propuesta de declaración de PSN, es aprobada por 14 votos a favor (EH
Bildu, PSN y Geroa Bai) y 12 votos en contra (Navarra Suma), adoptándose el siguiente
acuerdo:
«SE ACUERDA:
1.- Rechazar las declaraciones efectuadas por el Concejal de Urbanismo, Juanjo Echeverría, en relación al futuro del Monumento a los Caídos y su entorno urbano.
2.- Solicitar que, de manera inmediata y previamente a cualquier otra manifestación pública, el Equipo de Gobierno informe en la Comisión de Urbanismo sobre cualquier acción prevista a futuro sobre dicho monumento.
3.- Exigir que cualquier acción futura a desarrollar en torno al Monumento a los Caídos se haga en clave de ciudad, de manera consensuada, con el apoyo de la mayoría municipal, y siempre con arreglo a los principios legales de Memoria Histórica.»
Se da lectura a una
propuesta de declaración presentada por Geroa Bai, en la que se propone: «Somos
conscientes de la existencia de espacios con poca iluminación, pasadizos o descampados,
por eso nos urge la elaboración del diseño de un mapa con zonas críticas en las
que las mujeres se sienten más vulnerables con el objetivo de evitar agresiones
sexistas. En esta línea, la declaración tiene como objetivo identificar cuáles
son los lugares mas inseguros en Pamplona.
A lo largo de los últimos años se han llevado a cabo estrategias concretas para luchar contra esta lacra y esta declaración pretende continuar con esa lucha. Asimismo, pretendemos seguir en esa línea y visibilizar una realidad discriminatoria que por desgracia existe.
Para garantizar el pleno derecho a vivir libremente en Pamplona es imprescindible detectar aquellos elementos que limitan sentirse libre dentro del espacio público. Esta realidad por desgracia afecta a mujeres de distintas sensibilidades, edades, ocupaciones, culturas y origen.
Entendemos que la ciudad es libre solamente cuando las mujeres pueden estar en ella en libertad sin miedo y sin violencia. Por eso creemos que una sociedad que responde y lucha contra las agresiones machistas ofrece garantías para la libertad. La experiencia en el espacio público está fuertemente condicionada por los sistemas de género, que otorgan mayor poder y presencia en el espacio público a los hombres. Es inaceptable que algunas de nuestras calles, plazas y otros espacios públicos sigan siendo lugares que, de la mano de prácticas sociales desigualitarias y una insuficiente acción institucional, generen desigualdad y sensaciones de inseguridad y miedo en numerosas mujeres.
Ante esta realidad y cumpliendo con nuestro compromiso de luchar contra las agresiones machistas, el Pleno del Ayuntamiento de Pamplona/Iruña acuerda: Crear un mapa de puntos peligrosos para las mujeres en Pamplona/Iruñea».
Se da lectura a la enmienda
de adición presentada por Navarra Suma, en la que se propone: «Adicionar el
siguiente punto: Continuar con el trabajo ya iniciado de identificación de
puntos inseguros de la Ciudad siendo el marco de actuación y diagnóstico de los
mismos la futura mesa permanente contra la violencia».
Sometida a votación la
enmienda de adición de Navarra Suma, es aprobada por unanimidad de 26
votos.
Sometida a votación la
propuesta de declaración de Geroa Bai, es aprobada por unanimidad de 26
votos.
En consecuencia se adopta el siguiente acuerdo:
«SE ACUERDA:
1.- Crear un mapa de puntos peligrosos para las mujeres en Pamplona/Iruñea.
2.- Continuar con el trabajo ya iniciado de identificación de puntos inseguros de la Ciudad siendo el marco de actuación y diagnóstico de los mismos la futura mesa permanente contra la violencia.»
Se da lectura a una
propuesta de declaración presentada por Navarra Suma, en la que se propone: «En
este Pleno se ha dado cuenta de la sentencia nº 64/20 del Juzgado de lo Contencioso
Administrativo nº 1 de fecha 30 de marzo de 2020 con-tra la desestimación
presunta de la reclamación de honorarios de la "Asistencia Técnica de
dirección de obra de la Separata 5ª fase, Lezkairu".
La empresa adjudicataria de la propia separata y de la dirección facultativa de la misma emitió certificación final a su trabajo y correspondiente factura, que aprobó el Consejo de la Gerencia de Urbanismo el 17 de diciembre de 2014. El 14 de mayo de 2015 la empresa adjudicataria presenta reclamación de honorarios, por la cantidad de 242.958,27 euros, más otros 51.021,23, que, en el plazo preceptivo de tres meses. Siendo responsables del expediente Joseba Asiron, como presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo y, como concejal delegado, Joxe Abaurrea, la reclamación no es contestada. Acude la empresa al TAN donde pierde la reclamación por haberse saltado el paso de recurrir previamente al propio Ayuntamiento, cosa que finalmente hace en mayo de 2017, sin obtener respuesta alguna.
El Ayuntamiento ha sido ahora condenado a pagar a la empresa la cantidad total de 293.979,50 euros más las correspondientes costas, única y exclusivamente por la negligencia de no contestar a sus recursos en dos ocasiones consecutivas, ya que el doble silencio se considera positivo. Y así ha sido condenado este Ayuntamiento en la sentencia citada.
La desidia del Sr. Asiron y del Sr. Abaurrea le va a costar a este Ayuntamiento casi 300.000 euros.
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento acuerda: Reprobar al señor Asiron, como Presidente del Consejo de la Gerencia de Urbanismo, y al Sr. Abaurrea, como Concejal Delegado de Ciudad Habitable y Vivienda, por su nefasta gestión en el expediente de reclamación de honorarios de la Asistencia Técnica de dirección de obra de la separata 5ª fase, Lezkairu, por el que el Ayuntamiento va a tener que abonar casi 300.000 euros».
Sometida a votación la
propuesta de declaración de Navarra Suma, es rechazada por 12 votos a favor
(Navarra Suma) y 14 votos en contra (EH Bildu, PSN y Geroa Bai).
Se da lectura a una
propuesta de declaración presentada por EH Bildu, en la que se propone: «El
sector del comercio minorista es de vital importancia para el desarrollo
económico de las ciudades, así como para el desarrollo de la vida de las
mismas. El tejido económico local de las ciudades se ve cada vez más afectado
debido a la proliferación de grandes superficies o la compra on line, que
suponen una grave amenaza para las economías locales, trayendo consigo la
perdida de vida en calles y plazas y puestos de trabajo, en definitiva, traen
como resultado el debilitamiento de músculo económico de las economías locales.
A medida que avanza la pandemia, los efectos más devastadores de la misma se
van notando en todos los sectores. Unos de los sectores más vulnerables desde
el inicio de la pandemia han sido los sectores ligados a las economías locales,
comercio y hostelería.
El pasado mes de mayo se celebró un Pleno municipal donde se aprobó un primer paquete de medidas e inversiones excepcionales para afrontar los efectos de la pandemia. Dentro de estas medidas aprobadas por unanimidad, y a propuesta de la oposición, se aprobaron partidas para incentivar el consumo mediante una campaña de bonos en establecimientos de comercio, hostelería y servicios de ámbito local. La campaña de bonos para el incentivo al consumo se concibió para aquellas actividades económicas y negocios que han estado cerrados durante el estado de alarma y que han sido más vulnerables a la reducción del consumo. También se aprobaron partidas para subvenciones dirigidas a los establecimientos para sufragar los gastos derivados de las medidas sanitarias impuestas a raíz de la pandemia. En total, se aprobaron 2 millones de euros para el estímulo de la economía local de la ciudad.
Ambas campañas ya han sido puestas en marcha, pero en estos momentos se desconoce cuál es la situación y funcionamiento de las mismas. Desde el GM EH Bildu hemos preguntado en reiteradas ocasiones sobre los datos de estas campañas al Área de Comercio y Turismo y no hemos obtenido respuesta alguna. En diferentes conversaciones mantenidas con el sector también nos trasladan preocupación por la falta de información acerca del funcionamiento de ambas campañas, problemas en el canje de bonos, la compleja tramitación en las líneas de subvenciones y dificultades para justificarlas, así como muchas dudas sobre el éxito de la campaña ya que el periodo de campaña de bonos se ha lanzado en un momento poco idóneo para el consumo.
La campaña de bonos acaba a finales de septiembre, y ante esta situación tan crítica para la economía local, el Equipo de Gobierno tiene que actuar con transparencia y celeridad, analizar la situación, dar solución a los problemas que han surgido y reaccionar con urgencia en el planteamiento de sucesivas campañas de apoyo y estímulo a la economía local.
Por los motivos anteriormente expuestos, el Pleno del Ayuntamiento de Pamplona acuerda:
1.- Instar al Área de Comercio y Turismo a presentar con urgencia los datos de las campañas de bonos y subvenciones en la Mesa de Comercio.
2.- Instar al Área de Comercio y Turismo a dar solución a los problemas que se han generado en esta primera ola de campaña.
3.- Instar al Área de Comercio y Turismo a ampliar la campaña de bonos de incentivo al consumo y estímulo a la economía local hasta el 31 de diciembre de 2020».
Se da lectura a la enmienda
de adición presentada por Geroa Bai, en la que se propone: «Adición de un nuevo
punto que dirá: 4.- Abrir un nuevo plazo de adscripción de nuevos establecimientos
a la campaña de bonos de incentivo al consumo y estímulo a la economía local».
Sometida a votación la
enmienda de adición de Geroa Bai, es aprobada por 14 votos a favor (EH
Bildu, PSN y Geroa Bai) y 12 votos en contra (Navarra Suma).
Sometidos a votación los
puntos 1 y 2 de la propuesta de declaración de EH Bildu, son aprobados por
unanimidad de 26 votos.
Sometido a votación el
punto 3 de la propuesta de declaración de EH Bildu, es aprobado por 14
votos a favor (EH Bildu, PSN y Geroa Bai) y 12 votos en contra (Navarra Suma).
En consecuencia se adopta el siguiente acuerdo:
«SE ACUERDA instar al Área de Comercio y Turismo a:
1.- Presentar con urgencia los datos de las campañas de bonos y subvenciones en la Mesa de Comercio.
2.- Dar solución a los problemas que se han generado en esta primera ola de campaña.
3.- Ampliar la campaña de bonos de incentivo al consumo y estímulo a la economía local hasta el 31 de diciembre de 2020.
4.- Abrir un nuevo plazo de adscripción de nuevos establecimientos a la campaña de bonos de incentivo al consumo y estímulo a la economía local.»
«VISTOS los siguientes acuerdos y resoluciones de los órganos municipales de gobierno:
ÓRGANO |
DE |
A |
||
REL. Nº |
DE FECHA |
REL Nº |
DE FECHA |
|
JOB Junta
de Gobierno Local |
40 |
24-agosto |
45 |
17-septiembre |
RAL Resoluciones
de Alcaldía |
98 |
18-agosto |
106 |
9-septiembre |
DAL Decretos
de Alcaldía |
-- |
-- |
-- |
-- |
BAL Bandos
de Alcaldía |
-- |
-- |
-- |
-- |
RCI Concejalía
Delegada de Cultura e Igualdad |
64 |
21-agosto |
69 |
8-septiembre |
REJ Concejalía
Delegada de Educación, Partici-pación Ciudadana y Juventud |
90 |
17-agosto |
100 |
11-septiembre |
RGC Concejalía
Delegada de Gobierno Estraté-gico, Comercio y Turismo |
55 |
18-agosto |
59 |
9-septiembre |
RPS Concejalía
Delegada de Proyectos Estratégi-cos, Movilidad y Sostenibilidad |
68 |
18-agosto |
80 |
11-septiembre |
RSC Concejalía
Delegada de Seguridad Ciudadana |
89 |
17-agosto |
101 |
11-septiembre |
RSD Concejalía
Delegada de Servicios Sociales, Acción Comunitaria y Deporte |
63 |
17-agosto |
71 |
11-septiembre |
RSG Concejalía
Delegada de Servicios Generales |
58 |
18-agosto |
66 |
11-septiembre |
RUS Concejalía
Delegada de Urbanismo, Vivien-da y Sanidad |
77 |
17-agosto |
88 |
10-septiembre |
SAJ Dirección
de Asesoría Jurídica |
19 |
7-septiembre |
20 |
9-septiembre |
SAL Dirección
de Alcaldía |
27 |
24-agosto |
29 |
4-septiembre |
SCI Dirección
de Cultura e Igualdad |
-- |
-- |
-- |
-- |
SCT Dirección
de Comercio y Turismo |
16 |
18-agosto |
19 |
8-septiembre |
SEJ Dirección
de Educación, Participación Ciu-dadana y Juventud |
30 |
17-agosto |
32 |
31-agosto |
SGE Dirección
de Gobierno Estratégico |
34 |
24-agosto |
38 |
11-septiembre |
SHA Dirección
de Hacienda |
86 |
17-agosto |
98 |
10-septiembre |
SRH Dirección
de Recursos Humanos |
91 |
18-agosto |
100 |
10-septiembre |
SUV Direccion
de Urbanismo, Vivienda y Sanidad |
4 |
8-septiembre |
-- |
-- |
SE ACUERDA quedar enterados.»
SRA. ESPORRÍN.- Muchas
gracias, presidente.
Estos días atrás, recientemente, Ud. como alcalde y en presencia de varias concejalas del Equipo de gobierno, firmó un acuerdo con el señor D. José Ignacio Toca. Es un acuerdo de colaboración a través del cual se comprometen a colocar en cada uno de los lugares de Pamplona donde se cometieron atentados perpetrados por la banda terrorista ETA una placa como medio de dignificación de las víctimas. Esto es fruto de un acuerdo del Parlamento de Navarra de 2016, refrendado por este Ayuntamiento en 2017.
Nos gustaría que en nombre de mi Grupo pasara el apoyo a la firma del convenio y se lo traslade a su presidente. No tuvimos ocasión de hacerlo personalmente porque no fuimos invitados a la firma de este convenio pero decir que nosotros somos unos firmes defensores de todas las víctimas del terrorismo de ETA y lamentamos no haber podido asistir.
Gracias.
PRESIDENCIA.- Iba a
responder al ruego... ¿Es sobre lo mismo?
SR. LEOZ.- Sí. Es para
sumarnos al ruego de la señora Esporrín.
PRESIDENCIA.- Muy bien.
Pues, evidentemente, daré traslado de la petición que han hecho a la Asociación
ANVITE.
PLE 01-OCT-20 (21/RP) PREGUNTAS
SRA. ESPORRÍN.- Le pregunté
ya en el Pleno pasado, hace prácticamente un mes, en relación con el cambio de
la información que se emitía desde el Ayuntamiento de Pamplona en ese momento.
Habían iniciado las emisiones de videoconferencias y demás, entonces le preguntaba
cuál había sido el motivo, el importe que le suponía al Ayuntamiento este nuevo
cambio en la información.
SRA. ELIZALDE.- Tiene Ud.
razón, estaba pendiente esa respuesta. No se la he traído, el lunes se la hago
llegar sin falta, sin esperar al Pleno ¡claro!
PRESIDENCIA.- Señor Alonso
Irisarri, le pido disculpas porque tenía Ud. derecho a intervenir antes que la
señora Esporrín y le he dado la palabra a la señora Esporrín. Se la doy ahora.
SR. ALONSO IRISARRI.-
Gracias. Gabon.
Yo también tenía una pregunta para la señora Elizalde, que le hice el anterior Pleno. Era por los cambios de criterio que había habido a la hora de que la prensa en Intranet no se pudiera ver –de hecho el Diario de Noticia muchas veces– hasta el día siguiente.
Decir que por lo menos esta semana, casualmente, parece que se ha solucionado pero sí que quedaba pendiente al menos una respuesta formal a qué es lo que había pasado durante varios meses en los que no había sido posible ver o hasta muy tarde, o hasta el día siguiente.
¿Ve qué buenos somos, qué rápido hemos arreglado?... No, pero le vuelvo a reiterar que el problema no era del Ayuntamiento; el problema era de cuando el medio de comunicación aportaba la versión digital de. Entonces, en la medida en que uno estaba y el otro no estaba, se publicaba el que estaba y ya está; y cuando estaba el otro, pues se publicaba el otro.
PLE 01-OCT-20 (22_1/MO) MOCION DE NAVARRA SUMA EN APOYO AL REY DE ESPAÑA
Se da lectura a una moción
presentada por Navarra Suma, en la que se propone: «1.- El Ayuntamiento de
Pamplona expresa el apoyo a la figura del Rey de España, Felipe VI, como
representante de la institución que define la forma política en la que se
constituye el Estado social y democrático de derecho establecido en la Constitución
Española refrendada por la ciudadanía.
2.- El Ayuntamiento de Pamplona exige al Gobierno de España que muestre respeto y consideración a la Corona como máxima representación del Estado que es.
3.- Así mismo, que el Gobierno de España brinde el apoyo necesario para que el Rey cumpla con las funciones propias de su cargo en los actos institucionales, tal y como establece nuestra Constitución».
Sometida a votación la
previa declaración de urgencia, es aprobada por unanimidad de 26 votos.
Sometido a votación el
punto 1 de la moción de Navarra Suma, es aprobado por 17 votos a favor
(Navarra Suma y PSN) y 9 votos en contra (EH Bildu y Geroa Bai).
Sometidos a votación los
puntos 2 y 3 de la moción de Navarra Suma, son rechazados por 12 votos a
favor (Navarra Suma) y 14 votos en contra (EH Bildu, PSN y Geroa Bai).
En consecuencia se adopta el siguiente acuerdo:
«SE ACUERDA: Expresar el apoyo a la figura del Rey de España, Felipe VI, como representante de la institución que define la forma política en la que se constituye el Estado social y democrático de derecho establecido en la Constitución Española refrendada por la ciudadanía.»
Y NO HABIENDO más asuntos de que tratar se levantó la sesión siendo las veintitrés horas y cuarenta y cinco minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta.